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ART: cumplir con la ley y cuidar a tu equipo

Si tenés personal en relación de dependencia, la ART es obligatoria (Ley 24.557). Pero elegirla bien no es solo cumplir: es tener respuesta rápida cuando alguien de tu equipo se accidenta.

Te asesoro en la contratación, en el plan de prevención y te acompaño en cada siniestro, para que no tengas que resolverlo solo.

Compañías: Berkley International ART

Qué cubre la ART

  • Accidentes de trabajo y en el trayecto (in itinere).
  • Enfermedades profesionales.
  • Atención médica, rehabilitación y prestaciones dinerarias al trabajador.
  • Asesoramiento en prevención y seguridad laboral.

¿Por qué conmigo?

  • Te ayudo a comparar alícuotas y condiciones antes de firmar.
  • Un solo interlocutor para altas, bajas y consultas del día a día.
  • Te acompaño en los siniestros para que el trabajador tenga respuesta rápida.
  • Atención directa por WhatsApp, sin call center.

Para leer antes de decidir

¿Y el camino al trabajo?

La ART también cubre los accidentes en el trayecto entre la casa y el trabajo (in itinere), siempre que sea el recorrido habitual.

Accidente in itinere: la ART cubre el accidente en el camino habitual entre la casa y el trabajo; si el trabajador se desvía por un motivo personal, ese tramo puede quedar sin cobertura.CasaTrabajoCamino habitual: cubiertoDesvío por un motivo personal:puede quedar sin cobertura
Hay excepciones que se pueden declarar, como estudiar o cuidar a un familiar: consultame tu caso.
¿Es obligatorio tener ART?

Sí. Si tenés al menos una persona en relación de dependencia, la ley (Ley 24.557) te obliga a tenerla desde el primer día. Lo que sí podés elegir es con qué ART y en qué condiciones.

¿Cuánto cuesta una ART? ¿Qué es la alícuota?

La alícuota es lo que pagás todos los meses: un monto fijo por cada empleado más un porcentaje de los sueldos. El porcentaje depende de la actividad de tu empresa (no es lo mismo una oficina que una obra) y de los accidentes que haya tenido. Te ayudo a comparar antes de firmar.

¿Qué cubre la ART si un empleado se accidenta?

La atención médica, los remedios, la rehabilitación y el sueldo mientras no puede trabajar. Si el accidente deja una secuela, también una indemnización. Cubre además las enfermedades que causa el trabajo.

¿Cubre los accidentes en el camino al trabajo?

Sí, es el accidente "in itinere": cubre el trayecto entre la casa y el trabajo, siempre que sea el recorrido habitual y sin desvíos por motivos personales.

¿Cuánto tiempo hay para denunciar un accidente?

Hay que avisar a la ART lo antes posible, idealmente el mismo día, para que el trabajador tenga atención enseguida. La denuncia la puede hacer la empresa o el propio trabajador. Escribime y te digo cómo hacerla.

¿Qué pasa si la ART rechaza el siniestro?

El trabajador puede pedir que lo revise la Comisión Médica de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, que decide si corresponde la cobertura. Mientras tanto, te ayudo a revisar por qué lo rechazaron y qué documentación falta.

Soy monotributista. ¿Puedo tener ART?

Para vos mismo, no: la ART es para empleados en relación de dependencia. Si sos independiente, la opción es un seguro de accidentes personales, que te cubre si te accidentás trabajando o en tu vida diaria. Si tenés empleados, para ellos sí necesitás ART.

¿Qué pasa si tengo un accidente laboral y no tengo ART?

La empresa tiene que hacerse cargo de todo: atención médica, sueldos e indemnizaciones, con su propio patrimonio. Además corresponden multas. Es de los riesgos más caros que puede correr una pyme.

¿Qué diferencia hay entre ART y un seguro de accidentes personales?

La ART es obligatoria para empleados y cubre solo los accidentes y enfermedades del trabajo. El seguro de accidentes personales es voluntario, lo puede contratar cualquiera y cubre accidentes en cualquier momento, dentro o fuera del trabajo.

Pedí una charla sobre la ART de tu empresa

Cada empresa paga una alícuota distinta según su actividad y su personal. Antes de pasarte números, quiero entender cómo trabajás.

  • 1. Me contás a qué se dedica tu empresa.
  • 2. Coordinamos un horario para hablar.
  • 3. Te paso una propuesta con las condiciones explicadas.

Se abre WhatsApp con tus datos listos para enviar. Te respondo para coordinar el día.

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